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  • La importante distinción tan bien comprendida en América entre una constitución establecida por el pueblo e inalterable por el gobierno, y una ley establecida por el gobierno y alterable por el gobierno, parece haber sido poco comprendida y menos observada en cualquier otro país. Dondequiera que ha residido el poder supremo de la legislación, se ha supuesto que reside también un poder pleno para cambiar la forma de gobierno.

    Alexander Hamilton, James Madison, John Jay (1852). “The Federalist, on the New Constitution, Written in 1788”, p.247
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