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Una vez que un niño ha alcanzado la edad legal para asistir a la escuela, ya sea hijo de noble o de campesino, los dos únicos motivos absolutos de exención de la asistencia son la enfermedad y la muerte.
Una vez que un niño ha alcanzado la edad legal para asistir a la escuela, ya sea hijo de noble o de campesino, los dos únicos motivos absolutos de exención de la asistencia son la enfermedad y la muerte.