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  • La que ha destruido intencionadamente [el feto] está sujeta a la pena correspondiente a un homicidio. Para nosotros, no hay escrutinio entre el [feto] formado y el no formado; aquí se hace verdaderamente justicia no sólo para el no nacido, sino también con referencia a la persona que sólo está atenta a sí misma, ya que muchas mujeres mueren generalmente por esta misma razón.